Asegura la vivienda que te ha gustado. ¿Es obligatorio entregar una reserva antes de la firma de la escritura pública de compraventa?
No es obligatorio, de hecho nada impide que podamos acudir a la notaría y pagar el precio total en ese acto. Ahora bien, desde el momento en que visitas una vivienda y cierras la negociación con el propietario, hasta que acudes a notaría, pueden pasar muchas cosas y, entre ellas, que aparezca otro comprador interesado. Por ello y dado que las palabras se las lleva el viento, es muy recomendable firmar un contrato privado de compraventa y dejar una cantidad entregada a cuenta. De esta forma, ambas partes, comprador y vendedor, están tranquilos mientras se tramita la hipoteca y el resto de la documentación necesaria para acudir a notaría y las condiciones de la compraventa están escritas para que no existan malos entendidos.
Conoce a qué te obligan los contratos que vas a firmar ¿Qué es un contrato de arras penitenciales?
El contrato de arras penitenciales no existe como tal. En realidad se trata de un contrato de compraventa en el que se pacta el pago de una cantidad de dinero, unas arras, llamadas en este caso penitenciales y se establece la posibilidad de que las partes puedan desligarse del contrato mediante la pérdida de las arras por el comprador o la restitución dobladas para el que las recibió, sin que sea necesario probar los daños.
Además de las arras penitenciales, el código civil contempla otras tipologías como las penales y las confirmatorias y en función de las necesidades de los clientes deberán ser pactadas en cada caso particular.
Infórmate de tus derechos. ¿Debo dejar a los vendedores un plazo después de la escritura para que terminen la mudanza?
No es obligatorio, de hecho lo habitual es que en la notaría, tras la firma de la escritura de compraventa, el vendedor entregue las llaves de la vivienda previo pago del total del precio pactado. Pero todo va a depender de lo acordado entre las partes en el contrato privado de compraventa.
Si los vendedores van a continuar en la vivienda durante un periodo de tiempo, es posible negociar el pago de un alquiler ya que de lo contrario ocuparían la vivienda en precario.
Infórmate bien, ya que si constituyes hipoteca esto puede resultarte perjudicial.
¿Puedo visitar la vivienda antes de ir a firmar la escritura pública de compraventa?
Por supuesto y de hecho es lo aconsejable. Es el momento adecuado para valorar que tras la mudanza de los vendedores todo está correcto y no hay desperfectos que debamos de tener en cuenta. Además, es la oportunidad ideal para hacer la lectura de los contadores de agua, luz y gas en presencia de vendedores y compradores.
¿Qué son los vicios ocultos?
Porque no es oro todo lo que reluce, un vicio oculto es un desperfecto grave en la vivienda que no estaba a simple vista. Antes de cerrar la compra de una vivienda debemos asegurarnos de que no hay gato encerrado, o lo que es lo mismo, que no existe ningún vicio oculto que puede perjudicar la viabilidad de la compra, suponga un perjuicio para tus finanzas o que si hubieras conocido previamente hubiese alterado el precio que estamos dispuestos a pagar por la vivienda.
Existen 5 grandes vicios ocultos que deberás evitar.
- Problemas urbanísticos y legales.
- Deudas de la comunidad, hacienda o empresas de suministros
- Problemas de humedades, cañerías u otras instalaciones.
- Ruidos molestos en la calle o de vecinos.
- Defectos constructivos (grietas, aluminosis…) o termitas.
Asegúrate de que estás bien asesorado en la compra y que tu vivienda no está afectada por ningún vicio oculto.
No dudes en contactarme si necesitas asesoramiento experto y una agente que defienda tus intereses en exclusiva.